Este martes el Senado sancionó la Ley 696 que establece medidas temporales de fomento a la donación voluntaria e informada de plasma hiperinmune de personas que haya vencido el Coronavirus, permitiendo a las empresas públicas, mixtas y estratégicas que brinden servicios a la población, desarrollar iniciativas de fomento a la cultura de donación.
En su Artículo 2 la norma señala que bajo el principio de que la sangre y sus hemocomponentes no tienen costo, según lo establece la Ley 1687 de Medicina Transfusional y Bancos de Sangre, las iniciativas de carácter no monetario para el fomento a la cultura de donación de este plasma serán interpretadas como acciones voluntarias y altruistas.
Asimismo, las empresas públicas, mixtas y estratégicas que brinden servicios a la población, podrán establecer iniciativas para fomentar la cultura de la donación de plasma hiperinmune de pacientes que hayan superado esta enfermedad.
En esa línea, la ley establece la creación de un registro nacional de pacientes recuperados de Coronavirus, a fin de obtener una base de datos actualizada y confidencial para afrontar la expansión de la pandemia.
Sobre la captación de donantes, la norma señala que será mediante recambio plasmático terapéutico, un método mediante el cual se extrae la sangre del cuerpo y se procesa de forma que los glóbulos blancos, glóbulos rojos y plaquetas se separen del plasma. Las células de la sangre se devuelven luego al paciente sin el plasma, al cual es sustituido rápidamente por el organismo.
Sobre la norma, el primer vicepresidente del Senado, Milton Barón, aseguró que el objetivo es promover la donación voluntaria de plasma con el fin de salvar vidas, y que quien vaya a donar no tendrá que pagar ningún laboratorio, exámenes y demás requisitos, ya que los cubrirá el Estado.
Fuente: Prensa Senado | Mar, 07/14/2020