La presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa, aclaró el lunes que el Órgano Ejecutivo transitorio no cuenta con la facultad de solicitar un control previo de constitucionalidad de la ‘Ley de Estados de Excepción’ por no tener participación en su elaboración y en ese marco pidió a los ministros regir sus actos al orden constitucional.
“El Órgano Ejecutivo apela a una maniobra jurídica para no dar viabilidad a publicación de Ley que regula los estados de excepción que fue aprobada y sancionada; además, carece de legitimación activa para promover un control previo de constitucionalidad porque no son proyectistas”, escribió la primera autoridad del Órgano Legislativo en su cuenta de Twitter.
El mensaje está acompañado de la carta que le envió el ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, en la que hace referencia a que la Ley no puede ser promulgada hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie sobre la solicitud de control de constitucionalidad “a priori” que solicitó la presidenta transitoria Jeanine Añez.
“Señor Álvaro Coimbra la norma es clara en cuanto a la legitimación activa para el control previo de constitucionalidad, el Ejecutivo no tuvo la más mínima participación para el origen de la ‘Ley de Estados de Excepción’, antes de acusarme cumplan con el Art. 112.1 del CPCo”, señala un segundo mensaje de la presidenta del Senado, que adjunta el artículo 112 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en respuesta al ministro de Justicia, Álvaro Coímbra.
El mencionado artículo establece quienes cuentan con la legitimación activa, es decir con la facultad, de realizar consultas sobre el control de constitucionalidad y fija que en el caso de la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional solamente se activa “cuando se trate de proyectos cuya iniciativa tienen su origen en el Órgano Ejecutivo”.
Coímbra señaló que la Presidenta del Senado “incurrió en un error al promulgar un trámite que se encuentra suspendido, quebrando el Orden Jurídico Constitucional” al promulgar la mencionada Ley.
La Ley de Estados de Excepción fue sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional el 17 de junio pasado, desde entonces el Ejecutivo tenía un plazo de diez días para su promulgación hecho que no ocurrió, por lo que la senadora Eva Copa contaba con la facultad de promulgar la misma, hecho que ocurrió el 23 de julio.
El 24 de junio, el Ejecutivo formalizó su solicitud de consulta al TCP sobre un control previo de constitucionalidad y solicitando como medida cautelar, la suspensión del procedimiento legislativo. Hasta la fecha, la consulta aún se encuentra en la comisión de admisión del TCP y no se cuenta con una respuesta de la entidad de control de constitucionalidad.
La ley regula el accionar de las autoridades y fuerzas del orden en los tres tipos de estados de excepción que pueden ser determinados por el Ejecutivo: por desastre natural o epidemia, por convulsión interna y también por invasión de una potencia extranjera.
Fuente: Prensa Senado | Lun, 07/27/2020