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Dos años de gestión

Copa promulga la ley objetada por Áñez sobre control de endeudamiento público y donaciones

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La norma está orientada a garantizar “que los préstamos públicos externos cuenten con condiciones financieras favorables para el país”.

POR MIGUEL LAZCANO

La presidenta de la Asamblea Legislativa, Eva Copa, promulgó este viernes la Ley Para el Control y Fiscalización de Endeudamiento Publicó y Donaciones, que fue observada por la presidenta Jeanine Áñez.

La promulgación ocurrió en una sesión de la Asamblea, en la cual el pleno —con mayoría del MAS— rechazó la observación de la mandataria, para dar paso a la firma de la norma por parte de Copa.

“El Órgano Legislativo rechaza las observaciones del Ejecutivo a la Ley sancionada ‘Para el Control y Fiscalización de Endeudamiento Publicó y Donaciones’. Por tanto, la norma es promulgada por la presidenta de la #ALP @EvaCopa_Bol”, se lee en un twitter de la Vicepresidencia de la Asamblea.

La norma está orientada a garantizar “que los préstamos públicos externos cuenten con condiciones financieras favorables para el país”.

“Todo endeudamiento externo, en especial el emergente por la pandemia por el coronavirus, debe contar con condiciones financieras favorables para el país, en términos de tasas de interés y plazos, y que deberá ser autorizado previo análisis por la Asamblea Legislativa mediante ley, en el marco del Artículo 322 de la Constitución Política del Estado”, establece el artículo 2 de la nueva ley.

Asimismo, el artículo 5 instruye al Órgano Ejecutivo que debe informar a la Asamblea sobre todas las donaciones habidas y por haber externas e internas en efectivo y/o en especie, principalmente las que tienen como destino la ayuda para la lucha contra la pandemia del COVID-19.

La nueva disposición señala que, para el control y fiscalización de las donaciones que recibió el país, el Órgano Ejecutivo deberá remitir en forma trimestral a la Asamblea Legislativa un informe detallado y documentación sobre el uso y destino de dichos recursos considerado el nivel nacional, departamental y municipal.

Asimismo, la ley incluye una disposición final por la que obliga al Órgano Ejecutivo a que “en el plazo de 30 días calendario a partir de la promulgación de la presente Ley, deberá informar a la ALP sobre el endeudamiento público externo e interno, emisión de títulos valor en mercados de capital externos y donaciones recibidas a partir de noviembre de 2019 a la fecha”.

 

Fuente: La Razón Digital 10/07/2020

https://bit.ly/30pfUcq

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